Calculo indemnización por despido

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Cálculo de indemnización por despido improcedente ¿Cómo se calcula la indemnización que me corresponde? Para poder calcular la cantidad es imprescindible tener claros unos puntos fundamentales. Fecha de formalización de contrato La indemnización se fija en función de la fecha de formalización del contrato, y hay que tener en cuenta la reforma laboral, el Real Decreto-ley 3/2012, por ello: Si se formalizó con anterioridad al 12/02/2012 tendrás derecho a una indemnización hasta la citada fecha de 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades. Si se formalizó con posterioridad, o tienes un contrato de fomento del empleo, tienes derecho a una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades. Si a 12/02/2012 ya has generado derecho al tope de 24 mensualidades no generarás más indemnización, aunque si podrás cobrar todo lo generado con el máximo de 42 mensualidades. Conocer el salarío día Tienes que conocer tu salario día, para ello: Si todos los meses cobras lo mismo, y no cobras prorrateadas las pagas extras. Multiplica tu salario mes por 14 meses si tienes dos pagas extras, si tienes 3 multiplica el salario mes por 15 (12meses+3pagas), y divídelo entre 360 días, así tendrás tu salario día. Si todos los meses cobras los mismo, y tienes prorrateadas las pagas extras. Divide tu salario entre 30, y tendrás tu salario día. Si no cobras todos los meses lo mismo, tienes que hacer una media de tu salario de los últimos doce meses, suma todas los importes que te han abonado y divídelo entre 12. Este resultado multiplicado por 14 (en el caso de que tengas 2 pagas extras y no las tienes prorrateadas, si tienes más multiplícalas por el resultado de sumar 12 + nº de pagas extras) y divídelo entre 360, así tendrás tu salario día. Antigüedad en la empresa La antigüedad es el número de meses que llevas trabajando en la empresa. Normalmente en la nómina te aparece la fecha de inicio de tu relación laboral, pero puedes asegurarte o comprobarlo si no lo sabes, pidiendo un informe de vida laboral en la tesorería de la Seguridad Social. La antigüedad se mide por meses completos, de día a día anterior del mes siguiente. Esto es si empezaste a trabajar el día 2/01/2010 y te despiden el 2/02/2010, tienes una antigüedad a efectos de indemnización, de dos meses, sólo tendrías un mes si te despidieran el día 1/02/2010. Si tu relación laboral comenzó con anterioridad a 12/02/2012, tienes que calcular primero la antigüedad hasta esta fecha, y después desde el día 12 hasta tu finalización, pues para el primer tramo tendrás derecho a 45 días y para el segundo a 33. Cálculo de la indemnización Una vez que sabes esto, tendrás que realizar las siguientes operaciones: Si por 12 meses de antigüedad tienes derecho a 45 ó 33 días de salario, por tu antigüedad tendrás derecho a x. Si resuelves esta regla de tres, te dará un número que tendrás que multiplicar por tu salario día, el importe que te dé es la cifra de tu indemnización. Comprueba que al misma, no supera el límite de 42 y/ó 24 mensualidades, si la supera tu indemnización será este límite. Recuerda, si ha 12/2/2012 has generado derecho a una indemnización de más de 24 mensualidades y hasta 42 mensualidades, ya no generarás más indemnización, pero tendrás derecho a la ya generada aun siendo superior a 24 mensualidades. Cálcular la indemnización por despido improcedente Publicado el: 8th mayo 2013 Por: cris Con 60 Comments Indemnización por despido improcedente ¿Cómo se calcula la indemnización que me corresponde? Para poder calcular la cantidad es imprescindible tener claros unos puntos fundamentales, al final propondremos un ejemplo a fin de aclarar posibles dudas. Fecha de formalización de contrato La indemnización se fija en función de la fecha de formalización del contrato, y hay que tener en cuenta la reforma laboral, el Real Decreto-ley 3/2012, por ello: Si se formalizó con anterioridad al 12/02/2012 tendrás derecho a una indemnización hasta la citada fecha de 45 días por año, con un tope de 42 mensualidades. Si se formalizó con posterioridad, o tienes un contrato de fomento del empleo, tienes derecho a una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades. Si a 12/02/2012 ya has generado derecho al tope de 24 mensualidades no generarás más indemnización, aunque si podrás cobrar todo lo generado con el máximo de 42 mensualidades. Conocer el salarío día Tienes que conocer tu salario día, para ello: Si todos los meses cobras lo mismo, y no cobras prorrateadas las pagas extras. Multiplica tu salario mes por 14 meses si tienes dos pagas extras, si tienes 3 multiplica el salario mes por 15 (12meses+3pagas), y divídelo entre 360 días, así tendrás tu salario día. Si todos los meses cobras los mismo, y tienes prorrateadas las pagas extras. Divide tu salario entre 30, y tendrás tu salario día. Si no cobras todos los meses lo mismo, tienes que hacer una media de tu salario de los últimos doce meses, suma todas los importes que te han abonado y divídelo entre 12. Este resultado multiplicado por 14 (en el caso de que tengas 2 pagas extras y no las tienes prorrateadas, si tienes más multiplícalas por el resultado de sumar 12 + nº de pagas extras) y divídelo entre 360, así tendrás tu salario día. Antigüedad en la empresa La antigüedad es el número de meses que llevas trabajando en la empresa. Normalmente en la nómina te aparece la fecha de inicio de tu relación laboral, pero puedes asegurarte o comprobarlo si no lo sabes, pidiendo un informe de vida laboral en la tesorería de la Seguridad Social. La antigüedad se mide por meses completos, de día a día anterior del mes siguiente. Esto es si empezaste a trabajar el día 2/01/2010 y te despiden el 2/02/2010, tienes una antigüedad a efectos de indemnización, de dos meses, sólo tendrías un mes si te despidieran el día 1/02/2010. Si tu relación laboral comenzó con anterioridad a 12/02/2012, tienes que calcular primero la antigüedad hasta esta fecha, y después desde el día 12 hasta tu finalización, pues para el primer tramo tendrás derecho a 45 días y para el segundo a 33. Cálculo de la indemnización Una vez que sabes esto, tendrás que realizar las siguientes operaciones: Si por 12 meses de antigüedad tienes derecho a 45 ó 33 días de salario, por tu antigüedad tendrás derecho a x. Si resuelves esta regla de tres, te dará un número que tendrás que multiplicar por tu salario día, el importe que te dé es la cifra de tu indemnización. Comprueba que al misma, no supera el límite de 42 y/ó 24 mensualidades, si la supera tu indemnización será este límite. Recuerda, si ha 12/2/2012 has generado derecho a una indemnización de más de 24 mensualidades y hasta 42 mensualidades, ya no generarás más indemnización, pero tendrás derecho a la ya generada aun siendo superior a 24 mensualidades. BACHOFER ABOGADOS Abogados especializados en Derecho Laboral. Hoy, más que nunca, es preciso contar con un especialista conocedor en profundidad de la materia, que vele por sus intereses como trabajador, o que proteja, en su caso, los del empresario. Si quiere un tratamiento individualizado e inmediato y de excelente calidad llámenos, y un letrado especializado exclusivamente en la materia le atenderá personalmente. 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