Clausulas suelo en las hipotecas

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¿Son válidas las denominadas cláusulas "suelo" en las hipotecas? Los bancos y cajas han establecido de forma generalizada una serie de cláusulas en las escrituras de préstamo hipotecario a interés variable, que limitan la bajada del tipo de interés por debajo de un tanto por ciento. Así, aunque una hipoteca tenga fijado su tipo de acuerdo con el euribor - u otro tipo de referencia - más un diferencial, éste nunca bajaría de un tanto por ciento determinado (por ejemplo el 4%), perjudicando de forma evidente al prestatario. Ocurre, por tanto en la actualidad, que con el euribor por debajo del 0,6% los consumidores y usuarios que tienen establecida esta cláusula suelo, siguen pagando un tipo fijo sufriendo una pérdida económica considerable.


Pues bien, algunos Tribunales (Audiencias Provinciales de Cáceres, Alicante o Burgos) están considerando que este tipo de cláusulas son nulas y que, por tanto, no deben aplicarse en los préstamos hipotecarios. Así, los demandantes están consiguiendo la devolución de lo pagado en exceso y la aplicación de un tipo de interés sin limitación alguna. En conclusión, las cláusulas son nulas por falta de reciprocidad y por el abuso causado a los consumidores.

 

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