¿Cuándo prescribe y caduca una multa?

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El plazo de prescripción cuenta desde que se comete la infracción. El plazo es de tres meses para las infracciones leves y de seis para las graves o muy graves. En cambio, si el procedimiento empieza pero no se resuelve en un año, caduca y se archiva.

El plazo de prescripción de las infracciones previstas en la Ley de Seguridad Vial y del Tráfico es de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves. El plazo de preinscripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.

Aún así, cabe tener en cuenta que la prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o que esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio. En este sentido, el plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado (cuando la paralización no sea culpa del denunciado).

Por otro lado, si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución.