¿Cuándo y cómo debo actualizar la pensión alimenticia o la pensión compensatoria?

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Criterios que debo aplicar a la hora de actualizar la pensión de alimentos o la pensión compensatoria. Momento en que debo actualizar la pensión.

Tanto la pensión de alimentos como la pensión compensatoria deben actualizarse anualmente. Y deben actualizarse sin necesidad de que nadie se lo pida al obligado al pago. Por tanto, si usted debe pagar alguna pensión, ya sea alimenticia o compensatoria, debe estar atento y hacerlo en el momento oportuno, pues si no las actualiza, le podrán reclamar los importes no actualizados (eso sí, sólo los de los últimos cinco años).

El artículo 90 del Código Civil determina que el convenio regulador deberá establecer las bases de actualización de las pensiones. En caso de que no haya acuerdo, la resolución judicial será la que fije tanto el importe de la pensión o pensiones, como las bases para su actualización. Lo habitual es que las pensiones se actualicen conforme al IPC general.

Con respecto a la fecha en la que hay que actualizar las pensiones, es necesario atender a lo dispuesto en el Convenio regulador, o en su caso a lo dispuesto en la resolución judicial.

Supuestos que nos podemos encontrar:

  • Que la actualización se deba hacer a día 1 de enero de cada año, en cuyo caso se actualizarían las pensiones ese mismo mes, tomando como referencia la variación experimentada por el IPC desde la fecha de la resolución judicial hasta el mes de diciembre anterior.
  • Que la actualización deba ser anual. En cuyo caso se tomará como referencia la fecha de la resolución que establezca la pensión en cuestión, y se tomará como referencia el IPC de los doce meses anteriores al mes en que se dictó la misma.
  • También puede suceder que la resolución judicial (o el convenio regulador) no diga nada sobre si hay que actualizar la pensión o pensiones. En ese caso, también debe ser actualizada la pensión (Sentencia AP Madrid, Sec. 22.ª, 31-5-2013: actualización anual de la pensión compensatoria pese a que no se haya solicitado expresamente)

Para conocer el porcentaje con el que actualizar la pensión habría que acudir al dato de IPC del mes en concreto o también podemos utilizar la herramienta calculadora del Instituto Nacional de Estadística (INE) para poder calcular la actualización.

En caso de que dicha actualización resulte negativa, podría parecer lógico aplicarla a las pensiones y reducir la cuantía de las mismas, pero atendiendo a que el motivo de actualizar las pensiones es precisamente evitar la pérdida de poder adquisitivo, aconsejamos no aplicar esa actualización negativa, salvo que dicha actualización negativa no fuera algo excepcional y se mantuviera en el tiempo y salvo que dicha aplicación negativa suponga una reducción importante de la pensión (ambas situaciones poco probables que sucedan)

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