Divorcio de mutuo acuerdo

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Ambos progenitores están de acuerdo con las distintas estipulaciones que integran el convenio regulador.

El divorcio de mutuo acuerdo es ventajoso en dos aspectos claramente, uno de ellos es la rapidez de la resolucion del mismo, puesto que unicamnete se realiza una demanda con un convenio regulador por ambos cónyuges y tiene que ir a ratificarse del mismo al juzgado. La segunda cuestión es la economía, puesto que al ser una demanda conjunta, ambas partes comparten abogado y procurador, lo que hace reducir los costes.

En la demanda de divorcio, si hay hijos, especialmente menores, debe realizar el convenio regualador que recoja todos aquellos aspectos necesitados por los menores.

Los aspectos más básicos que debe recoger un convenio regulador, son los iguientes:

1.- Guarda y custodia, que es con el progenitor que reside el menor. Ésta puede ser exclusiva para un cónyuge o compartida.

2.- Patria potestad, quien toma las decisiones sobre el menor. Puede ser excluiva para un cónyuge o compartida (que es lo habitual)

3.- Domicilio familiar, que es el lugar de residencia del menor.

4.- Pensión de alimentos del progenitor no custodio.

5.- Régimen de visitas del procurador no custodio, normalmente consta de un día entre semana y fines de semana alternos. Añadir los festivos y vacaciones.

6.- Gastos extraordinarios, como por ejemplo los gastos de dentista, actividades extraescolares, etc.

Se pueden añadir todos aquellos aspectos que ambos progenitores consideren oportuno en relacion al cuidado de sus hijos.

Una vez presentada la demanda, los progenitores serán citados al juzgado para que ratifiquen si están de acuerdo con el convenio regualador firmado por ellos.

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