Impagado insolvente

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Masor Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Procesal Civil

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No siempre la insolvencia aparente de un moroso o la quiebra de una empresa hacen inviable la reclamación

Contra un banco u otros acreedores se pueden intentar acciones, como la tercería de mejor derecho, para colocar a la Comunidad en posición preferente para el cobro ante una futura subasta.

En todo caso el nuevo dueño tendrá que abonar el año corriente y tres anteriores.

El moroso que perdió el piso o lo vendió, responde con todos sus bienes futuros, por lo que conviene demandarle y ejecutar la condena al pago para mantener vigente la oportunidad de cobrar.

En los concursos de acreedores, conviene comunicar las deudas y los importes de los recibos mensuales al administrador concursal. Si hay posibilidad de pagar, tiene obligación de hacerlo.

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