Indemnización por despido de un trabajador con contrato de interinidad ( trabajador interino)

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Indemnización por despido de trabajador interino

¿ Qué es un contrato de trabajo  de interinidad?

 Es un contrato temporal celebrado para sustituir a un trabajador de la empresa con derecho a reserva de puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.

Está regulado en el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada

 

¿ Qué indemnización tengo derecho a cobrar por finalización por contrato de trabajo temporal ?

 La Sala Décima del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de Septiembre de 2016 indica que cuando el  contrato de trabajo temporal finaliza por una causa objetiva ( por ejemplo, fecha, finalización de obra,…) entonces el trabajador tiene derecho a cobrar la indemnización de 20 días por año trabajado previsto en el artículo 53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores para el despido objetivo.

 ¿ Qué indemnización tengo derecho a cobrar si se produce la extinción de mi contrato de trabajo temporal antes de su finalización?

 Si la extinción se produce antes de la finalización pactada en el contrato de trabajo nos podemos encontrar ante :

 

  • un despido improcedente.
  • un despido objetivo.
  • un despido procedente ( sanción procedente).
  • Otros supuestos como la jubilación del empresario, el fallecimiento del empresario, el fallecimiento del trabajador.

 

¿ Como reclamar la indemnización por finalización de un contrato temporal ?

 Si la empresa no paga la correspondiente indemnización al extinguir el contrato de trabajo entonces deberá reclamarla instando la correspondiente conciliación o, si trabaja para una Administración Pública, la correspondiente reclamación previa y si no se alcanza  solución entonces deberá instar la vía judicial. El plazo para reclamar es de 20 días desde la notificación del despido.

 

 

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