Indemnizacón por Accidente de Tráfico en Madrid.

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Tras sufrir un accidente de tráfico lo primero que tenemos siempre en la cabeza es, por supuesto, restablecernos cuanto antes. Pero también nos preguntamos de que forma y a cuanto tenemos derecho a ser resarcidos( INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE) por un accidente en el que somos víctimas perjudicadas.

Lo más importante que hemos de tener en cuenta es que para calcular la indemnización por accidente que nos corresponde debemos basarnos en tres pilares diferenciados:

Secuelas: las secuelas son las consecuencias negativas que nos va a quedar del accidente de una forma crónica o permanente. Las secuelas se valoran en puntos, a mayor gravedad mayor número de puntos y por ende, mayor cuantía indemnizatoria.

Días impeditivos:  se van a considerar como días impeditivos aquellos en los que no hemos podido hacer vida normal, y esto no abarca únicamente la baja laboral, sino que también hace referencia a tener una movilidad limitada, dolores frecuentes, o inmovilización de algún miembro. Estos días son los más valorados a efectos de calcular el importe ya que según el baremo para 2013 se estiman en 58,24 euros por día.

Días no impeditivos: se entiende por días no impeditivos como aquellos en los que ya podemos hacer vida normal pero aún no estamos restablecidos por completo. Una situación muy común es la de recibir el alta médica pero tener que continuar con sesiones de rehabilitación. Los días no impeditivos se valoran en 31,34 euros por día.

Para calcular el importe total que nos corresponde deberemos sumar los tres conceptos y tener en cuenta otros detalles como nuestra edad, o la renta que percibimos y la que hemos dejado de percibir por nuestro trabajo.Y en resumen este es la manera de calcurar una indemnización por accidente de tráfico.

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