La pensión compensatoria

Guía publicada por:

¿Qué es la pensión compensatoria?

La pensión compensatoria es una medida correctora del perjuicio o desequilibrio económico que pude provocar en uno de los cónyuges una ruptura matrimonial. No debe confundirse con la pensión de alimentos a favor de los hijos que un cónyuge tiene la obligación de pagar al otro por ostentar la guardia y custodia de los mismos.

El Código Civil recoge las circunstancias  que pueden tenerse en cuenta para determinarla, así como la cuantía de la misma. A modo ejemplificativo, algunas de las circunstancias que recoge son: la edad y el estado de salud, la cualificación profesional y posibilidades de acceso a un empleo, dedicación pasada y futura a la familia, duración del matrimonio, otras circunstancias relevantes, etc.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, concretamente de 27 de noviembre de 2014, ha establecido claramente que el desequilibrio patrimonial que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o divorcio; y que en ningún caso pueden dar lugar a su nacimiento sucesos o situaciones posteriores a la misma. El motivo que da el tribunal para ello es que, de no ser así, se mantendría vinculación económica entre los cónyuges que sería contraria a la que establece el ordenamiento jurídico.

Si no se satisfacen los pagos de la pensión compensatoria podría derivar en la comisión del delito de abandono de familia, con penas de hasta un año de prisión o multa de hasta 24 meses.

Pedir más información sin compromiso