Me han dado de alta médica sin estar curado ¿qué puedo hacer?

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Como actuar cuando te dan un alta laboral y aun no estás con la operatividad normal para el desempeño de tu trabajo.

Ante un alta médica lo primero que hay que hacer es evitar el recurso inmediato a respuestas
tipo que podamos consultar en internet.
La respuesta no siempre es la misma sino distinta en función de la situación de alta médica con
la que nos encontremos.
En segundo lugar, pararnos un momento para tomar conciencia de la causa del alta sería un
paso apropiado porque determinará los siguientes a dar.
Supongamos un alta médica de la mutua que cubre la contingencia de accidente laboral
porque entiende que la dolencia diagnosticada es enfermedad común y ya ha tratado el
cuadro agudo.
Será distinta de un alta médica del médico de atención primaria por propuesta de incapacidad
permanente.
Lo más frecuente es un alta por curación/mejoría.
Pero aún así pudiera suceder que aunque, ciertamente, la persona trabajadora no esté curada,
sin embargo, haya experimentado mejoría suficiente que le permita reincorporarse a su
puesto de trabajo.
Como también pudiera ser que esa misma persona se incorpore con secuelas que, si bien no le
impiden trabajar, hayan mermado su capacidad laboral por lo que desempeña su trabajo con
mayor sufrimiento o penosidad.
La diversidad de posibles supuestos es tan grande como las posibilidades de respuesta.
En tercer lugar, debemos prestar atención a quien es el emisor del alta médica, si es el médico
de atención primaria, inspección médica, la mutua o el INSS
En cuarto y último lugar, hemos de fijarnos en el momento de emisión del alta, si se produce
antes de alcanzar el año de duración del proceso de incapacidad temporal, durante la prórroga
o tras resolverse un expediente de incapacidad permanente desfavorablemente.
Estos detalles que nos pueden pasar inadvertidos por la preocupación del momento y la
precipitación son fundamentales para conocer el cauce legal oportuno a seguir para hacer
valer nuestra disconformidad.
¿Revisión? ¿Disconformidad? ¿Reclamación previa? ¿cómo?
El conocimiento de los procedimientos reglados es una cuestión jurídica y por este motivo lo
más apropiado sería consultar a un abogado experto en Seguridad Social de Madrid.
Pero, yendo más allá, después habría que entrar en el fondo de la cuestión y valorar si procede
o no procede en mi caso impugnar el alta médica.
Ahí entramos en una valoración del contenido de los informes médicos, en consonancia con
nuestro testimonio, para decidir su procedencia, en qué términos y qué documentación
debemos aportar.
En el caso de un carnicero diestro que se amputa el brazo derecho con la máquina de corte
habría que ir más allá de una mera impugnación de alta si queremos conseguir todo el amparo
posible en esa situación.

Para terminar, no olvidemos la importancia de hacer una presentación apropiada del caso en
coherencia con la petición que se formule, lo que aumentará sin lugar a dudas nuestras
posibilidades de éxito.
Nos podemos limitar a cumplir un trámite o podemos aprovechar ese trámite para hacer valer
nuestro derecho de la mejor forma posible para tratar de conseguir que prospere nuestra
petición, si realmente tenemos razones para hacerlo valer así.
Esta es también una decisión a tomar antes de impugnar un alta médica.
Inmaculada Calero Sáez, Abogada experta en Seguridad Social en Madrid del despacho
“Estudio Jurídico con Perspectiva”

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