Nulidad matrimonial canónica

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La nulidad matrimonial canónica es un procedimiento que se tramita ante la autoridad eclesiástica y tiene sus propias normas específicas. 

A quien contrae matrimonio por la iglesia católica, la separación matrimonial y el divorcio, obtenidos ante la jurisdicción ordinaria, no le van a permitir contraer nuevo matrimonio por la iglesia católica. Ello tan solo es posible si el tribunal eclesiástico competente, tras un proceso judicial, considera que concurren las causas para declarar nulo el matrimonio.

La legislación y las causas de nulidad son completamente diferentes a las previstas para la separación y el divorcio civil, por lo que es necesario un alto grado de especialización y conocimiento de esta materia para poder llevar a cabo este tipo de procesos.

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