parejas de hecho con menores

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Carlos Urraca Abogado

Carlos Urraca Abogado

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil General

Regulación de las parejas de hechos referente a la regulación de las medidas paterno filiales es la misma que un matrimonio que se encuentre casado

La unión de hecho no la contempla directamente la Constitución española pero sus normas, estable el TS 1ª 17-01-03 , le pueden afectar directa o indirectamente: así, el artículo 9.2 impide su discriminación en aras a los principios de libertad e igualdad, el artículo 10.1 le hace aplicable el principio de dignidad de la persona y el artículo 14 al proclamar el principio de igualdad evita un trato discriminatorio; más específicamente, el artículo 39.1 proclama la protección de la familia y ésta no sólo es la fundada en el matrimonio, sino también la que se basa en la convivencia more uxorio .

 

En relación a las medidas a adoptar en caso de menores son de aplicación los artículos 91 y ss del Código Civil, el artículo 159 CC: "Si los padres viven separados y no decidieren de común acuerdo, el' Juez decidirá, siempre en beneficio de los hijos, al cuidado de qué progenitor quedaran los hijos menores de edad. El juez oirá, antes de tomar esta medida, a los hijos que tuvieren suficiente juicio y, en todo caso, a los que fueran mayores de doce años."

 

También resultan de aplicación los artículos 142 CC: "Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica". Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causas que no le sea imputable...", 143 CC: "Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el articulo precedente: 1º Los cónyuges, 2º Los ascendientes o descendientes...", y 146 CC: "La cuantía de los alimentos será exigible desde que los necesitare, para subsistir, la persona que tenga derecho a percibirlos, pero no se abonaran desde la fecha en que se interpongan la demanda. El pago se verificara por meses anticipados...".

Por ende las parejas de hecho posee  en caso de ruptura llevar a cabo la regulaciones de las medida paterno filiales en el caso que haya menores, con la oobligacion del progenitor no custodio de pagar la pension de alimentos, asi como establecer la custodia de los menores y la regulacion del regimen de visitas.

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