Prescripcion acción de reclamación de gastos de hipoteca

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Interpretación de la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre la prescripción de la acción de reclamación de gastos de hipoteca

Existen varias interpretaciones en cuanto a si se aplica el plazo de prescripción decenal del Codi Civil de Catalunya a las acciones de reclamación de devolución de gastos hipotecarios y otras cláusulas abusivas de hipoteca. Las Audiencias Provinciales han realizado resoluciones en diferentes sentidos, siendo que la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoquinta que conoce de los recursos de apelación contra Sentencias del Juzgado número 50 y 50 bis de Barcelona (Juzgados especiales de cláusulas abusivas de hipotecas) ha matizado lo siguiente: la acción de nulidad de los gastos de hipoteca es imprescriptible, no prescribe nunca, siendo una consecuencia de esta acción la restitución de las cantidades, apreciable incluso de oficio por el Tribunal. No obstante, la acción de reclamación de gastos hipotecarios está sujeta al plazo de 10 años de reclamación del Codigo Civil de Catalunya. Esto quiere decir que para que no exista una causa de denegación de la devolución de los gastos de hipoteca por prescripción, esta acción de devolución debe ejercerse conjuntamente con la de nulidad, no como una reclamación aislada. Es muy importante que en temas tan especificos como reclamaciones de cláusulas abusivas asesorarse con un despacho especializado, pues la practica diaria es la que nos lleva a saber con certeza las decisiones de los Tribunales. ROSA NIETO, Abogada titular del despacho NIETO-SANZ, especialistas en reclamaciones hipotecarias.

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