¿Qué trámites hay que realizar para solicitar la separación o el divorcio?

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Solicitar la separación o el divorcio, trámites hay que seguir.

De acuerdo con la legislación  actual regulación el único requisito necesario es  que haya transcurrido por lo menos tres meses desde la celebración del matrimonio. Salvo en el supuesto de violencia entre cónyuges o existencia de riesgo para la vida, integridad física o moral, libertad e indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos.

Se puede solicitar separación o divorcio, teniendo en cuenta una vez separado posteriormente debería volver a  instar nuevo, transcurrido un año ,el procedimiento para el divorcio. En consecuencia lo más interesante, en la mayoría de los casos, una vez sopesada la ruptura matrimonial es solicitar el divorcio.

El procedimiento de divorcio se puede instar de mutuo acuerdo o contencioso y en este último supuesto iniciado el proceso existe el trámite de reconvertirlo a mutuo acuerdo.

Si se decide el procedimiento de mutuo acuerdo, se debe redactar un convenio regular o pacto de relaciones familiares lo más importante es plasmar en un documento de forma clara sin dudas a crear discrepancias de interpretación. Dicho convenio se ratifica a presencia judicial para su homologación.

El citado convenio debe contener los acuerdos sobre los hijos comunes estableciendo el régimen de guarda y custodia y régimen de visitas, pensión de alimentos, y en su caso compensatoria.

Un hecho relevante es a quien se le atribuye la vivienda habitual por tiempo limitado o vitalicio según dichas circunstancias personales. (El cónyuge que decide abandonar la vivienda antes de iniciar cualquier trámite,  debe seguir atendiendo las necesidades de la familia y presentar una demanda judicial antes de que transcurra un mes para que no haya responsabilidad penal.)

Otro aspecto a destacar es la contribución a las cargas familiares resultando obligatorio contribuir en la proporción de los ingresos y en función de la titularidad, por ejemplo al pago de hipotecas, impuestos, alquileres.

También se puede establecer pensión compensatoria consecuencia del desequilibrio económico, una renta mensual que puede ser temporal o vitalicia o bien con una prestación única. (Artículo 97 del Código Civil).

Por último se acuerda la  disolución del patrimonio familiar para ello debe tenerse en cuenta el régimen patrimonial que regule el matrimonio ya sea el régimen de gananciales o el de separación de bienes.

Hemos indicado que el procedimiento de divorcio se puede instar de mutuo acuerdo o contencioso Si no es posible alcanzar acuerdo sobre cuanto se ha expuesto o se da un supuesto de violencia entre cónyuges se debe instar el procedimiento de divorcio contencioso debiendo presentarse demanda que  contestada será resuelta por Sentencia por  el Juez de Familia del lugar de residencia.

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