¿qué vigencia tiene el permiso de conducir?
Lexdir
El permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tiene un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumple los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.
El permiso de las clases restantes y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tendrán un período de vigencia de diez años mientras su titular no cumpla los 65 años y de cinco años a partir de esa edad.
Cabe precisar que mientras que la licencia sólo posibilita conducir vehículos para personas de movilidad reducida, ciclomotores cuya cilindrada sea menor a los 50cm³ y vehículos especiales autopropulsados agrícolas, el permiso de conducir acredita al titular a conducir vehículos de mayor potencia y peso.
El permiso más habitual es el de tipo B , cuya edad mínima para obtenerlo son los 18 años y que habilita la conducción por la vía pública de automóviles cuya m.m.a no exceda de 3.500kg y cuyo número de asientos no sea superior a nueve, entre otros vehículos. Para obtenerlo se exige aprobar el examen teórico de circulación vial y el práctico de circulación en vía pública.
El período de vigencia de las diversas clases de permiso y licencia de conducción podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
El permiso o licencia de conducción cuya vigencia hubiese vencido no autoriza a su titular a conducir y su utilización puede dar lugar a su intervención inmediata por la autoridad o sus agentes.
La vigencia del permiso y de la licencia de conducción, además, estará condicionada a que su titular no haya perdido totalmente la asignación inicial de puntos.