Reclamacion de la plusvalia municipal

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Los que vendan inmuebles por precio inferior al de compra tendrán derecho a que se les devuelva la plusvalía municipal.

Tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional se ha declarado insconstitucional la liquidación del Impuesto sobre incremento del Valor de Bienes inmuebles de naturaleza urbana (conocida como plusvalía)  en caso de ventas de inmuebles que se hayan realizado por valor inferior a la compra, es decir, en los que no haya habido beneficio para el transmitente y por lo tanto no existe incremento de valro.

La forma de iniciar la reclamación es vía recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento que gira la liquidación de plusvalia,aunque lo más probable es que, sobretodo en cantidades elevadas, el asunto deba dilucidarse en los Juzgados contencioso-administrativos mediante el cauce de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Publicas, en las que además del impuesto se pidan daños y perjuicios y costas judiciales. En cualquier caso, la reclamación tiene muchisimas posibilidades de prosperar y será con toda seguridad beneficiosa para los afectados.

ROSA NIETO, Abogado del Titular del despacho NIETO-SANZ, Abogados Asociados.

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