Sentencia del Tribunal Supremo acciones de Bankia

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El Tribunal Supremo estima la demanda de reclamación de devolución de importes invertidos en acciones de Bankia

El Tribunal Supremo recientemente, en fecha 3 de febrero de 2016 ha dictado dos sentencias que condenan a Bankia a la devolución del importe invertido en acciones de esta entidad ordenando además la adición de los intereses legales. La sentencia, garantiza de forma absoluta la recuperación de su inversión a todos los afectados por el fraude de la Oferta Pública de Acciones de la entidad.

El TS, tras el estudio de dos recursos interpuestos por Bankia, rechaza la pretensión de suspensión de los procedimientos individuales iniciados en la vía civil por la existencia de un procedimiento penal en trámite y se declara la nulidad de la adquisición de acciones por los demandantes por existir error en el consentimiento.

 Estas Sentencias, por lo tanto, garantizan a todos los clientes de Bankia la recuperación de la inversión íntegra más los intereses y las costas del proceso, siendo condenado el Banco al pago de las mismas. Se trata de una gran noticia para todos los afectados, después de más de cuatro años de espera.

Es importante recalcar que el lazo para interponer la correspondiente demanda judicial podría finalizar el próximo 25 de mayo de 2016, fecha en la cual se cumplen cuatro años desde que Bankia reformuló sus cuentas, y en la que se destapó la falsedad de la información económico-financiera ofrecida por la entidad en la Oferta Pública.  Ahora bien, aquellos que hayan vendido sus acciones  podrían aún disponer de un plazo menor para reclamar, dado que los tribunales no conceden en la actualidad la declaración de nulidad sino sólo la de responsabilidad por el contenido del Folleto informativo de la OPS, que tiene un plazo menor de prescripción.

Ahora bien, existe un procedimiento penal seguido ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, por lo que podría considerarse como un elemento de interrupción de dicho plazo que permitiría a los inversores que vendieron las acciones reclamar las pérdidas sufridas. 

Sea como fuere, debe instarse la reclamación lo antes posible, a fin de poder ver satisfecho el derecho de los consumidores perjudicados.

Rosa Nieto, Abogada titular del Despacho NIETO&SANZ, Abogados asociados, especialistas en Derecho Bancario e Hipotecario

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