A la cuota de comunidad se le ha añadido otra cantidad para futuras reparaciones.

Vendo un piso que su cuota de comunidad es la ordinaria y una extraordinaria(55+45). En el acta pone la derrama está pensada para la rehabilitación del tejado y la rampa de entrada.
La obra se podrá hacer cuando la comunidad tenga el dinero suficiente. Ante el coste i el posible gasto por vecino se decidió ésta derrama en la quota . Estoy al corriente de las cuotas. el comprador quiere que yo pague la parte de la cuota de derrama que en realidad es una provisión de fondos. Tengo entendido que a partir de la venda el comprador asume la parte extraordinaria. Yo pago hasta que vendo. Muchas ggracias

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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Contestado

El comprador asume todos los gastos que se devenguen con posterioridad al día de la firma. Las cuotas ya vencidas corresponden al vendedor y las no vencidas al comprador.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Contestado

Buenos días,

Esto deberá hacerlo constar en la escritura de venta. Si quien compra está conforme, perfecto. Y si no lo está, habrá que buscar a otro. Conforme con el compañero respecto a la regulación, pero si el comprador no quiere firmar esto, habrá que buscar a otro.

Un saludo

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