Acceso a plaza garaje

¿Se me puede impedir la entrada a mi plaza de parking por escaleras interiores con acceso a bloques de pisos, por no ser propietario de uno y hacerme salir por la rampa de vehiculos?. En su momento se segregó la comunidad en varias y por acuerdo se dijo que el acceso era por la rampa. En este momento yo no era propietario y tampoco consta ni en la escritura de división horizontal ni en los estatutos dicho extremo. La rampa no tiene separacion para vehiculos/peatones ni puerta independiente. Las excusas del presidente y del administrador son: 1 Los accesos por las escaleras son exclusivas para los propietarios de los pisos ,2 Que la comunidad no contribuye en los gastos de escalera de los pisos y 3 Que en los estatutos de la comunidad que establecen en su articulo 3 hacen referencia exclusivamente de la rampa de acceso y de las zonas de paso (escaleras) como partes integrantes de la planta parking. En ningún caso se contempla que el acceso pueda hacerse a través de las escaleras (tampoco lo prohibe). 4 los incumplimientos al CTE se deben a que la edificación es anterior al CTE y por tanto no le afectan.
Mi postura es:
Con la configuracion actual no existe acceso independiente por lo que:
1 Pido acceder por las escaleras por lo que solicito las llaves pertinentes que dan acceso de la calle a la plaza de parking.
2 No me niego a contribuir a los gastos de escalera acorde a mi cuota
3 No se me puede prohibir el uso de las zonas comunes de mi comunidad

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO GUARDA Y CUSTODIA GIRONA Miriam Paredes Espinar
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Buenas tardes,

Tal y como plantea su cuestión, se deberá estar a lo que establecen los Estatutos o Reglamento Interior al respecto, independientemente del año de construcción del edificio, constitución de la comunidad o adquisición del inmueble.

Esperamos haber resuelto su cuestión y en caso de dudas o mayor concreción, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Reciba un cordial saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia

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A priori por la información que facilita pareciere que el acceso al garaje no pudiere realizarse por elementos comunitarios de los propietarios de pisos. Si bien, para responder con mayor precisión a su consulta sería conveniente ver los estatuos y acuerdos adoptados por la comunidad a este respecto. Para cualquier consulta estamos a su disposición. Saludos. AC ADVOCATS I MEDIADORS

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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Para responder a estas preguntas deberia consultar los estatutos y la escritura de división horizontal, y los posibles acuerdos adoptados posteriormente por la comunidad.
Si usted tiene un acceso a su plaza aunque sea incomodo no hay base legal para oponerse salvo que ello sea contrario a los estatutos o acuerdos tomados legalmente.

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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
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Els acords de la comunitat s'han de respactar encara que vostè en aquell moment no fos propietari.
Salutacions,
Santi

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