Cambio de condiciones sin unanimidad.
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes:
Si no hay ninguna adjudicación escrita, no cabe un cambio privando el uso de cualquier plaza. Es decir, todos tienen derecho a usarlas todas y nadie puede privar del uso de cualquier plaza a los demás. De todos modos, sería cuestión de ver los documentos que amparan el derecho a usar las plazas. En todo caso, los cambios requieren reunión de los afectados y que las decisiones se tomen por mayoría.
Quedo a su disposición.
Para distribuir el uso de dichas plazas, tiene que tomarse una decisión una vez estén todos citados en una Junta, y presentes, entiendo que mientras no afecte a la propiedad, puede ser por una mayoría cualificada, pero lo importante es que se cuente con todos para distribuir el uso de las plazas. Un sorteo es una opción absolutamente válida, pero con todos los propietarios, porque caso contrario es abusivo.
Buenas tardes
En principio los acuerdos se toman por mayoría aunque para variar el título o los estatutos hace falta una mayoría reforzada. Me gustaría leer el acuerdo para darle una opinión y si cabe impugnar.