Cambio de funciones
En caso de accidente ocurrido durante el trabajo, está usted igual de protegido que antes. Aunque realice otras funciones, en realidad sólo está usted siguiendo la instrucciones de la empresa. El problema será para la empresa si el accidente sobreviene realizando tareas para las que no se le ha informado de los riegos específicos. En cuanto al cambio de funciones sería necesario estudiar el asunto con más detalle para determinar si podemos estar delante de un supuesto de movilidad funcional.
Miguel Moragues Sbert
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Invalidez
El empresario debería comunicarle el cambio de funciones por escrito.
Por lo qur cuenta en su consulta considero que ello podrías tratarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y en este caso, dicha modificación debe ser comunicada por escrito y debe estar justificada.
Por contra, si usted considera que la modificación no es conforme a derecho (por lo cuenta en su consulta no lo es) puede interponer la pertinente reclamación ante los Juzgados de lo Social competentes.