Cambio de titular en la empresa: ¿conservaré mi antigüedad laboral?

Hola, gracias de antemano por su ayuda. La empresa familiar se ha vendido a otro propietario. Somos cuatro trabajadores y me garantizaron que se mantienen las mismas condiciones laborales y obviamente mi antigüedad. Aún no me han dado nada para firmar. El tema es que al finalizar la propiedad del anterior dueño, en la nómina de este mes -que he visto, pero aún no me han entregado- me pagan más de lo normal, se incluye una parte de pagas extras incluso. Y no sé porqué. Un finiquito no es, porque llevo 12 años y sería mucho más dinero lo que me correspondería en caso de despido. He visto la hoja del "Certificado de empresa" en el que aparece la fecha en la que comencé a trabajar y también figura "fecha de suspensión/extinción", que coincide con el cambio de titular. En Causa, pone textualmente: "cambio de titular-subrogación".

Debajo en el propio certificado aparece "Cotizaciones de los 180 días precedentes a la fecha de la suspensión/extinción de la relación laboral".

No sé si estaré en lo cierto ¿ese dinero de más que voy a cobrar se supone que es el que corresponde a los antiguos propietarios? ¿Entiendo que si hay una subrogación como figura en el certificado de empresa se conserva todo igual incluyendo también la antigüedad laboral verdad?

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado Cliente:

A primera vista, el cambio de accionistas producto de una compra venta no altera los compromisos laborales que tiene la empresa. Recuerde que su contrato es entre usted y la Empresa, no entre usted y los accionistas. En principio, su relación laboral se mantiene en los mismos términos y condiciones que firmó. Si ha habido un abono en la nómina mayor al que usted venía percibiendo, el recibo debe especificar la causa. En cualquier caso, la empresa puede decidir ingresarle de forma proporcional mes a mes el monto correspondiente a pagas extras.

Si hubiese una suspensión o cambio en la relación laboral, la empresa se lo notificaría.

Desde LaBE Abogados y como expertos en Derecho Laboral desde hace más de 30 años, le invitamos a que en caso de cualquier inconveniente se ponga en contrato con nosotros para valorar la mejor estrategia a seguir. Hágalo con el botón verde situado más abajo.

Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Propiedad Inmobiliaria Madrid - ESEDOS
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Buenos días. El nuevo empresario se tiene que subrogar en todos los derechos y obligaciones del anterior. Le tienen que respetar su antigüedad y condiciones. En caso contrario lo deberá reclamar judicialmente.

Le tienen que entregar una comunicación en la que le informen del cambio de empresario.

Quedamos a a su disposición para ampliar la información
Saludos

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Abogado en Guadarrama Cristina Martín Sanz

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Abogado de Guadarrama especializado en Despidos

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Buenos días,

efectivamente deben de conservar la antigüedad y condiciones salariales, sino usted puede reclamarles judicialmente.

Quedamos a su entera disposición. Un saludo.

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Gesmadrid Abogados SLP

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Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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Por supuesto,

Le deben conservar sus derechos y su antiguedad

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