Clausula suelo hipoteca bancofar.

Tengo una hipoteca inmobiliaria con Bankia (en su momento fue firmada con Bancofar) que tiene una clausula suelo de 3,5 y techo de 15%. El interés es Euribor + 0,90 y a 30 años. Esta hipoteca se firmó en Noviembre de 2010 para cancelar una hipoteca anterior de Banesto sobre mi vivienda habitual con el fin de obtener liquidez para adquirir una Farmacia. Por otro lado, también tengo una hipoteca mobiliaria sobre fondo de comercio de la Farmacia con Bancofar, firmada en noviembre de 2010, con un interés de Euribor + 1,95 con una clausula suelo de 3,5 y techo al 15 a 20 años. La casa es mi vivienda habitual y no tiene nada que ver con la farmacia, están en distintas localidades. Me gustaría saber si tengo posibilidades de reclamar la anulación de la clausula suelo y la devolución de las cantidades abonadas de mas durante estos años. No recuerdo haber firmado oferta vinculante . Muchas gracias

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ABOGADO Cláusula Suelo Algeciras - Francisco de Paula Díaz Mateos

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Abogado de Algeciras especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes. Sobre la hipoteca que pesa sobre la vivienda, es perfectamente reclamable. El préstamo garantizado con hipoteca mobiliaria, en cambio, no. Las posibilidades de conseguir la anulación de la cláusula suelo y de la devolución de las cantidades han crecido enormemente desde la famosa sentencia del T.S. de mayo de 2013, y además, ahora se está a la espera de sentencia sobre los recursos presentados ante el T.J.U.E. solicitando que la anulación de la cláusula tenga efectos retroactivos desde el primer día. Si desea que le expliquemos como podemos proceder a la reclamación, contacte con nosotros y le ampliaremos la información. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Por lo que cuenta parece probable la anulación de la clausula suelo pero lo que esta ahora en discusión es desde cuando hay la posibilidad de reclamar las cantidades pagadas. El TS fijó desde 2013 y la mayoría de las sentencias siguen este criterio. Ahora estamos esperando la sentencia del TJUE que parece que establecerá un criterio más amplio.

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