Como conseguir la nulidad de una clausula suelo en mi hipoteca

Buenas,
dispongo de una hipoteca en la provincia de Alicante con un diferencial del Euribor+0.45%, pero no me estoy beneficiando actualmente de este hecho debido a que me están aplicando una clausula suelo del 3%. En la escritura consta ese interés mínimo del 3% y un máximo del 15%, clausula techo.
¿Se considera abusiva esta clausula suelo? ¿Que puedo hacer para que la anulen y me devuelvan lo que he pagado de más?

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Es especialmente significativa la diferencia entre el suelo del 3% y el techo del 15%. En el contexto europeo en el que nos encontramos, es imposible que el techo llegue al 15% con lo que ya de por si, se demuestra la falta de equidad y proporción entre las cláusulas.
Su caso es un claro ejemplo de cláusula bancaria abusiva y puede solicitarse judicialmente la nulidad y la devolución de los intereses pagados en exceso hasta la fecha y los que se generen durante el proceso.
Este despacho tiene experiencia en temas bancarios y puede revisar la documentación y valorar la viabilidad del caso sin coste alguno.

Santiago Cámara Acosta
Abogado
C/ Capitán Dema 3, 1ºA
03007 Alicante
Tel 966087074 - 677435529

scamara-acosta@icali.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Si la diferencia entre el suelo del 3% y el techo del 15% es determinante para considerar que la cláusuala es nula por abusiva y falta de proporción adecuada entre derechos y obligaciones de las partes. Es necesario reclamar judicialmente si para que se declare nula dicha cláusula y reclamar el exceso abonado hasta la fecha y el que se genere durante el proceso.
Este despacho tiene experiencia en asuntos bancarios y podríamos realizar un estudio y viabilidad de su reclamación sin coste alguno.
Santiago Cámara Acosta - Abogado.
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Puchol & Rizo Abogados

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Administrativo

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Se podría instar la nulidad de la cláusula suelo, pero primero habría que analizar la información previa al otorgamiento de la escritura que la entidad bancaria le dio (oferta vinculante). Si no existió, o si difiere de la que se plasmo en la escritura, se puede instar la nulidad por ser contraria a la normativa sobre consumidores y usuarios. Solicíte por escrito esta oferta vinculante. Estamos a su disposición para cualquier aclaración.

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ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
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Inicialmente debe dirigirse al SAC de la entidad financiera, con objeto de llegar acuerdo. Si esta opcion es negativa, interponer demanda con el fundamento de la desproporcion entre suelo-techo.
A su disposicion

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