¿Cómo debemos cumplir con nuestras obligaciones si tenemos pactado un régimen de visitas?
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Deben ir los dos, ya que la patria y potestad es de ambos y con mas razón aun si la custodia es igualmente compartida.
Lo mejor es que por el bien de la hija lo hablen de mutuo acuerdo.
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En teoria deberian ir los dos puesto que es un deber de la patria potestad, que es ejercida por ambos progenitores y más aún si la guarda y custodia la tienen compartida.
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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Pueden ir los dos, ya que la reunión con el tutor no afecta a la custodia sino a la patria potestad, que supongo que no se le ha debido limitar a ninguno de los progenitores.
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