¿Cómo debo pedir autorización para salir del país con mis hijas si ya tengo la orden judicial?

Ayer me comunicaron mi derecho de salir de vacaciones al extranjero con mis hijas sin que la madre se pueda oponer, donde me explicaban que puedo:

" [...] solicitar al juez que, vía artículo 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, me autoricen a viajar con las niñas y, por tanto, entregue la madre la documentación. [...]"

1) Estaba leyendo el artículo 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil pero no encuentro la parte en que se habla de viajes. Solo se habla de domicilio.
2) ¿Cómo se solicita ese permiso al juez? ¿Hay que pedirlo a través de un abogado o simplemente se rellena un formulario en el Juzgado?

Respuestas de otros profesionales:
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Manrique de Lara Abogados
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Buenos días.

Si en la Sentencia de divorcio o relaciones paterno filiales no se fijó este extremo( El llevarse a las menores al extranjero) deberá como bien dice solicitar la correspondiente autorización judicial, en caso de que su ex pareja no se oponga, porque corre el riesgo de que su ex lo denuncie por un delito de sustracción de menores.

En definitiva si usted no tiene prohibida las salidas con sus hijas al extranjero por alguna resolución judicial, basta que se lo consulte a la madre de las menores, en caso de que ésta se oponga, deberá mediante abogado solicitar la autorización correspondiente que supla el consentimiento materno.

Atentamente, reciba cordiales saludos
orden judicial

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DIVORCIO TENERIFE GESTVALLE ASESORES Y ABOGADOS
Contestado

Buenos días,

El abogado que le llevo las medidas paterno filiales que le haga una solicitud judicial, de todos modos si ya consta en sentencia la madre sabrá que no se puede negar, hable primero con ella .

Saludos

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