¿Cómo debo pedir copias de un expediente?

Necesito conseguir las copias "del expediente 224/2012 de un juzgado". No sé cómo hacerlo.

Respuestas de otros profesionales:
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JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Si es usted parte del procedimiento, puede solicitar copia de las actuaciones directamente, o por medio de procurador si intervino en su representación (dependerá del tipo de procedimiento).

Seguramente, y debido al tiempo transcurrido, el procedimiento ya esté archivado, por lo que tardarán en darle copia de las actuaciones.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES DE TRAFICO VITORIA González y Jauregui Abogados y Asesores

ABOGADO ACCIDENTES DE TRAFICO VITORIA González y Jauregui Abogados y Asesores

Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil General

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Buenos días. A la vista de la información de que dispone, el procedimiento parece que se inició en el año 2012. En principio, si quiere poder consultar el procedimiento completo que consta en el juzgado ("autos") con la referencia que indica, deberá personarse con abogado y dependiendo del tipo de procedimiento que sea y del Juzgado que se trate (ya que en la información que facilita no detalla si el procedimiento se encuentra en un Juzgado de instrucción, o penal, o de instancia...etc.), necesitará también procurador.

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Salazar Abogados

Salazar Abogados

Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Reclamaciones de Impagados

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Se solicita personándose.
El juzgado no da nada a particulares solo a procuradores.
Designa usted procurador y abogado se solicita lo actuado y se fotocopia. A usted no le dan el expediente. Pero le digo desde ya que aunque su procurador tenga el expediente tampoco se lo va a dar. Otra cosa es que una vez que lo tiene se fotocopia y se le entrega la fotocopia.

Por su puesto, para personarse hay que ser parte interesada Victima o denunciado///demandante o demandado.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Puede realizarlo usted mismo, pero mi recomendación es que concierte los servicios de un abogado que por poco importe le resolverá su necesidad y le evitará un montón de vueltas y gestiones en el Juzgado. Se precisan mas datos para su obtención.
Quedamos a su disposición, saludos cordiales.

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ZULUETA - ABOGADOS

Abogado de Amurrio

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Posiblemente el juzgado le exija la previa designación de un procurador de los tribunales, y será dicho profesional quien, una vez personado en el procedimiento, podrá obtener en su nombre copia de todo lo actuado.
Un saludo,

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Estimado:
Como parte podría solicitar copias de las actuaciones, también lo puede hacer con la intervención de un procurador.
Saludos

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