¿Cómo establecer un pacto en una separación de pareja sin estar casados?

Buenos días,

El motivo de mi consulta es que tras 15 años de convivencia sin estar casados y con dos hijos de 10 y 12 años se ha producido una separación por problemas de pareja acentuados por el alcoholismo del padre. Hace una semana que él ya no vive en casa pero tengo muchas dudas sobre cómo proceder ahora al no estar casados, en lo relativo a:
- Quién y cómo se establece el régimen de visitas o tenencia de los niños que obviamente van a seguir conviviendo conmigo en el domicilio habitual, pues el padre no está en condiciones y está de acuerdo en que se queden conmigo.
- El piso es del 2001 de protección oficial (66% yo y 33% él) y tiene una hipoteca. ¿Es conveniente no comunicar nada al banco y a la EMV? ¿Debería cambiarse el empadronamiento? ¿Habría que hacer algún compromiso escrito de pago a medias?
- En cuanto al mantenimiento de los hijos, sería lógico establecer una pensión. ¿Quién la establece?
- Me han comentado que todas estas cuestiones se pueden acordar entre la pareja y luego llevar a ratificar o algo así ante un abogado, ¿es cierto? ¿Tiene algún nombre específico hacer esto? ¿Este acto cómo es de costoso?

Muchas gracias de antemano por su atención.

Saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
Entiendo que lo primero que habría que hacer es firmar un convenio regulador de las relaciones paterno filiales, de forma que se pueda presentar en el juzgado y que sea aprobado por el Juez.
En cuanto al pago de la hipoteca, la atribución del uso de la vivienda, la pensión de alimentos para los menores, el régimen de visitas, etc. todo se incluye en ese convenido regulador que debería firmarse de mutuo acuerdo, y en el supuesto de que no se firmase de mutuo acuerdo, tendrá que presentar una demanda para fijar todo lo que se refiere a lo anteriormente indicado, que sería fijado, en caso de desacuerdo, por el Juez.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, dado que es una de las especialidades del mismo, y donde sea asesorada debidamente en todas sus consultas.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Madrid - Ayax Abogados

Abogado Madrid - Ayax Abogados

Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil

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Buenos días.

A lo que usted se refiere es a un convenio regulador en este caso sobre la guarda y custodia de hijos en el que además se traten medidas como la atribución de la vivienda familiar y el pago de pensión de alimentos, etc. Aunque no están casados el procedimiento es análogo al de un matrimonio que se separa o divorcia. Habría que presentar una demanda acompañada de un convenio regulador, si ambos están de acuerdo no habría juicio. No obstante, nuestro despacho es especialista en este tipo de asuntos. Le invito a que se ponga en contacto con nosotros. Le daremos cita en nuestras oficinas y le explicaremos con detalle todos los trámites necesarios sin compromiso alguno. Espero haberlo sido de ayuda. Reciba un cordial saludo.

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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Buenos días;
Si ambas partes están de acuerdo en lo esencial (a quien se atribuye la guardia y custodia de los hijos, la vivienda, régimen de visitas, importe de la pensión de alimentos -y compensatoria, en su caso-, cuanto aportará cada parte para el pago de la hipoteca, etc.) podrán firmar un convenio regulador que luego tendrán que ratificar ante el Juez. Si no hay acuerdo en estas cuestiones, tendrá que presentar una demanda contenciosa para que las decida el Juez. Aunque no estén casados, el procedimiento viene a ser el mismo que el que habría que tramitar si lo estuvieran.
Si necesita más información, puede pedir cita en nuestro despacho donde estaremos encantados de atenderle.

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Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
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Buenos días, lo más pertinente en este caso y si existe conformidad entre ambos miembros de la expareja, es realizar un convenio regulador de medidas paterno filiales y una vez firmado formular ante el Juzgado, Acción Personal de Homologación de Convenio Regulador de Alimentos y Visitas, respecto de los hijos, todo ello con letrado y procurador. Si necesita cualquier otra información o quiere realizarlo me tiene a su disposición en este correo electrónico o en mi despacho en calle Cea Bermúdez 38, 3º A, 28003 Madrid.

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SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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Buenas tardes:
Efectivamente se puede hacer un acuerdo que posteriormente se presenta al juez mediante un proceso de medidas paterno filialrdo no tarda y además no es un proce
so costoso. Este tipo de procedimientos no tiene tasa.
Respecto al piso sería bueno estudiar la mejor alternativa y en principio no informar de la disolución de la pareja.
Cualquier asesoramiento que requiera puede contar con nosotros.
Reciba mi saludo más cordial,

Constanza Suárez
Abogada

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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Debe interponer un procedimiento judicial de guarda y custodia y relaciones paternofiliales ante el Juzgado. Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros y le daremos un presupuesto, 656398806. Saludos.

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Abogados Royuela y Asociados

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Debe hacerse judicialmente para que tenga validez. si desea presupuesto puede contactar con este despacho en el telf 916182260 y le daremos presupuesto sin compromiso. gracias.

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