Como puedo localizar y cobrar a un inquilino
Abogado Reclamaciones a la Administración Santander Manuel Castro
Abogado de Santander especializado en Derecho Urbanístico
La entrada en el piso de forma unilateral no es posible pues el arrendatario no ha entregado las llaves y por tanto mantiene la posesión hasta que, o bien las entregue voluntariamente o el Juzgado le desahucie. En mi opinión, y dado que no está al corriente en el pago de las rentas creo que procede iniciar la acción de desahucio y en el mismo procedimiento, reclamar las rentas y gastos que no haya pagado.
ABOGADO CUSTODIA SANTANDER - Carmen Maria Bueno Lopez
Abogado de Santander especializado en Derecho Civil
No se puede acceder al piso hasta que el arrendatario no haya salido y entregado las llaves. Si no lo ha hecho a la finalización del contrato y tampoco ha avisado con antelación, el contrato se entiende prorrogado por otro año, con la obligación de pagar las rentas. Si no paga, hay que requerirle de pago por las rentas que adeuda a la fecha y acudir a los tribunales sin demorarse.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Le aconsejo que inicie los trámites de un procedimiento de desahucio por finalización del contrato y por falta de pago. Con ello recuperaría la posesión de su piso de manera legal y podría llegar a reclamar los daños existentes en el piso y las cantidades pendientes de pago.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
No entre en el piso sin autorización del mismo. Debe iniciar la reclamación de cantidad del tiempo adeudado y el desahucio.