¿Cómo puedo saber la sanción de dicha pregunta?
La empresa comete un ilicito, entre otros del art 311 del código penal. En cuanto al trabajador, conviene de forma rápida demandar a la empresa por el pago correcto del salario. La realidad es que muchos trabajadores no llegan al límite que obliga a hacer la declaración de la renta, por lo que al final es la empresa la que más ahorra no tributando. Lo mismo sucede con la Seguridad Social; si no se cotiza, el trabajador se ahorra un 4,7%, mientras que los costes empresariales pueden llegar al 30% de la cuantía, por lo que el gran beneficiado a la hora de evitar cotizaciones es el empresario.
Una vez que se tiene una sentencia judicial en la que se le reconoce al trabajador el salario real, se puede presentar una denuncia a la Inspección de Trabajo para que exija a la empresa las cotizaciones correspondientes a los pagos en negro. La empresa tendrá que regularizar la situación y pagar las cotizaciones de los últimos 4 años. De esta forma, subirán las bases de cotizaciones y en consecuencia la cuantía de las prestaciones que reciba el trabajador.
Las infracciones laborales de las empresas que pagan en B o no dan de alta al trabajador en Seguridad Social pueden incluso implicar responsabilidades penales para el empresario según el artículo 311 del Código Penal
Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIA
Abogado de Ejido especializado en Derecho Penal Común
Entiendo que el trabajador tiene responsabilidad, toda vez que está defraudando a hacienda al cobrar una cantidad que no declara. Si el pago del empresario conlleva una defraudación a la Seguridad Social, también éste estaría cometiendo un fraude. Y si se paga sin declaración para evitar asegurar al trabajador, entonces estaría cometiendo un delito contra el derecho a los trabajadores.
Normalmente, cuanto se pacata ese tipo de pagos, tanto trabajador como empresario están cometiendo alguna conducta ilegal. No obstante, ha de verse el caso concreto.
Si necesita un asesoramiento más personalizado, no dude en ponerse en contacto con este despacho a través del botón verde situado más abajo.
Un saludo
ABOGADO SANCIONES ADMINISTRATIVAS ALMERÍA - MIRIAM ESPINAR ALVAREZ
Abogado de Almería especializado en Derecho Urbanístico
Buenas tardes. Este tema precisa muchos matices. Si estamos ante una situación de pagos en "B " impuesta por el empresario ante la que el trabajador poco puede hacer para oponerse, ya que se juega su puesto de trabajo si no acepta tales "condiciones", estamos ante un delito contra los derechos de los trabajadores, además de un fraude a Hacienda a la Seguridad Social del que el empresario es responsable.
La sanción depende de la envergadura de la estructura de pagos en" B", y de si hablamos de responsabilidad penal o de responsabilidad civil derivada de la penal.
Para una respuesta más precisa, ruego te pongas en contacto con este despacho profesional y estaremos encantadas de ayudarte.
Un saludo
Buenas tardes
Ambas parte estaría incurriendo en ilegalidad.
La empresa tendría que asumir el pago de la Seguridad social de las cantidades abonadas en "B" y podría ser sancionada por ello.
En el caso de los trabajadores están dejando de declarar en el IRPF las cantidades cobradas en "B" y podría hacienda requerirles para que tributen por ellos y también podrían ser sancionados.
Un Saludo.
ABOGADO - PEDRO DAVID SOLER RIDAO - ABOGADO
Abogado de Almería especializado en Derecho Civil
Buenos días, por lo que nos indica ambos estarían cometiendo una ilegalidad, por lo que sería conveniente ampliar la información y que usted se buscara un abogado para poder regularizar su situación. Estamos a su disposición para lo que necesite. Reciba un cordial saludo.
ABOGADOS SOLER & MINGORANCE ASOCIADOS
Abogado de Almería especializado en Derecho de Familia
Buenos días, por lo que nos indica ambos estarían cometiendo una ilegalidad, por lo que sería conveniente ampliar la información y que usted se buscara un abogado para poder regularizar su situación. Estamos a su disposición para lo que necesite. Reciba un cordial saludo.