¿Cómo puedo separar una hipoteca?

No estamos casados y tenemos un crédito solidario, él no quiere vender ni comprar y yo asumo sola la hipoteca.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si tienen algo en común y uno no quiere vender ni comprar, la única posibilidad que les queda es promover la disolución de lo que tienen en común siguiendo algunas de las alternativas posibles para ello. Ahora bien, pongan o no fin al condominio, el Banco no está obligado a pasar por ello y seguirán estando obligados respecto de la entidad financiera, ya que es poco habitual que el Banco les quite a nadie de la hipoteca, otra cosa son los pactos que puedan firmar entre ustedes o las obligaciones que puedan resultar de una sentencia respecto del pago de la hipoteca. Por ello, les aconsejamos que busquen un abogado que, después de conocer con mayor detalle su asunto, les aconseje sobre los diferentes pasos a dar. Ahora bien, pidan siempre un presupuesto previo para no tener ninguna sorpresa desagradable.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral LaboralClic
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Buenos días.

A falta de conocer más detalles existen varios temas que habría que solucionar:

Por una parte el tema del crédito que ahora mismo tiene naturaleza solidaria, es decir se podría reclamar su cumplimiento tanto a uno como a otro de los cónyuges.
Por otra parte, habría que dividir la cosa común, bien vendiendo la casa, bien iniciando un procedimiento con el objeto de dividir realmente la casa, comprando uno de ustedes la parte del otro o, en el peor de los casos llevando la casa a subasta pública.

Un saludo

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Buenas tardes, tiene dos opciones, una es acudir al banco y solicitar una renovación de hipoteca acudiendo las dos partes al banco, tanto su pareja como usted, y después que el banco acepte, porque normalmente no suelen aceptar sin un aval o cualquier contraprestación, la otra opción es que abone usted la hipoteca y le reclame el 50% a su pareja. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho, donde le detallaremos. Reciba un cordial saludo.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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La hipoteca que ha debido ser concedida a ambos, tiene que se abonada por los dos, pero si el otro no la paga tiene que usted pagar su totalidad y reclamarle el 50% satisfecho en su nombre, con el fin de evitar que el banco la ejecute la hipoteca ante el juzgado, si hay impago. Para mayor información puede consultar con este despacho y en todo caso valorar la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo

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Legal Zaragoza

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Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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En principio ambos son deudores solidarios ante el Banco, lo que está pagando usted podrá reclamárselo al otro luego al otro co-titular. Como le indican usted puede solicitar la división cosa común puesto que nadie está obligado a permanecer en estado de indivisión. También podrían mirar un liquidación del condominio, fiscalmente es más ventajosa.

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Nadie está obligado a mantenerse en un pro-indiviso, es decir, si usted quiere comprar se le puede obligar al otro propietario, independiente de la relación, a vender el inmueble o a comprar su parte.
En cuanto a los recibos deberá guardar justificación del abono del total de la hipoteca para en caso de venta recuperar lo abonado.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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El banco es difícil que le admita un cambio que suponga perder un posible pagador. Yo de lo que haría es demandar a su ex por el dinero que ha pagado y que le correspondía pagarlo a él. Es una demanda que debe de ganar.

Saludos

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Puede dividir el inmueble, pero no puede separar la hipoteca sin la conformidad de la otra parte y del banco. Lo que usted pague de más, sobre el 50% de las cuotas, podrá reclamarlo a la otra parte.

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Debe promover acción de extinción de pro indiviso y así poder adquirir la otra parte. En cuanto al pago del precio, lo sería mediante subrogación en la hipoteca.

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