¿Cómo recurro una multa de tráfico sin aviso?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si se le ha notificado en forma, algo que a veces no se hace bien y te mandan una simple carta por correo ordinario si no te han entregado la multa en mano, puede pagar en el plazo que le dan (20 días naturales desde la entrega de la multa o notificación) con la reducción que le dicen (50 %) o alegar en dicho plazo lo que considere y aportar las pruebas que crea oportunas; también antes de alegar en su descargo puede ver el expediente por si encuentra algún otro dato que sea de interés en su descargo. Una vez tramitado el procedimiento ordinario si formula alegaciones podrá recurrir en reposición contra la decisión final (1 mes de plazo) y luego incluso terminar en los tribunales si llega el caso (2 meses para demanda contenciosa) Ahora bien, si no paga en el plazo que le han dado pierde la posibilidad de pagar con la reducción, algo que siempre tiene que valorar, ya que por razones puramente prácticas muchas veces vale más pagar con esa reducción que discutir y perder, cuando menos, un tiempo que vale tanto como lo que le pueden pedir, lo cual no quita que discuta los hechos si considera que le asisten razones suficientes para ello y, en su caso, le merece la pena. Finalmente, en caso de pagar hágalo en forma y conserve bien el justificante, por si le siguen reclamando y tiene que probar que ha pagado.
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Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Facilmente interponiendo un recurso de reposición.
Saludos