¿Cómo se hace el reparto de enseres una vez que sale el divorcio?
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Así es, todo al 50%, salvo que haya algo que proceda de una herencia o regalo de los padres que sería privativo y no se reparte. Respecto a esto ultimo que le digo, al tratarse de muebles el problema es que su cónyuge quiera reconocer que es privativo, porque de lo contrario se presume ganancial.
Espero haber sido de ayuda y si es así valore mi respuesta en el sistema lexdir y si me necesita no dude en contactar con nosotros.
Saludos
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, todo el ajuar debe ser al 50%, aquellos comprados durante el matrimonio, si algunos fueron comprados tras el matrimonio y pueden justificar con facturas y demás que han sido posteriores, esos no se deben repartir. Al igual ocurre con donaciones, herencias, que son privativos de la persona, no son del matrimonio. Espero que le sirva la información, si lo desea puede contactar con mi despacho donde le resolveremos las dudas pertinentes. Un saludo.
Si aquéllos se han repuesto por otros nuevos, serán privativos de quien los haya comprado, salvo que tengan pactado el uso del ajuar doméstico a favor de uno de los cónyuges, porque si se han estropeado, es su obligación restituirlos.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
No, solamente se deben repartir los bienes gananciales, no los que sean de uno de los cónyuges con carácter privativo.