Compra piso hipotecado

Buenos días.
Tengo un amigo que tiene un piso hipotecado y le faltan por pagar 55.000 euros. El quiere venderme ese piso en el que estoy viviendo por lo que le falta por pagar. Me ha ofrecido hacerme cargo de la hipoteca y de todos los gastos derivados pero sin subrogarme a la hipoteca porque yo no cumplo con los requisitos para poder hacerlo. Es decir el se queda como titular de la hipoteca y del piso hasta que yo consiga pagar la totalidad del préstamo más los gastos. Mi duda es si se puede hacer un contrato legal que especifique que yo estoy comprando el piso con esos pagos y una vez finalizado el pago de la cantidad fijada él tiene la obligación de ponerlo a mi nombre en escritura pública.

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Divorcios Bilbao Patricia Sempere

Divorcios Bilbao Patricia Sempere

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil

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Aunque sería una opción perfectamente válida desde el punto de vista legal, no es nada recomendable. La compraventa de un inmueble es un acto muy importante para plasmarlo simplemente en una documento privado, el cual dependa únicamente de la "buena fe" de las partes. Ya sabemos lo que ocurre en estos casos, "Donde dije digo, digo Diego". Asimismo, con carácter previo a la operación habría que conocer determinados datos del inmueble, como por ejemplo, titularidad del mismo, o las cargas que pudieran recaer sobre él, datos estos cuya trascendencia jurídica, la mayoría de las veces, se desconoce por el comprador.

No hay que esperar al desembolso completo del precio del inmueble para poder elevarlo a escritura pública, quizás sea ese dato el que ignore, existen diversas fórmulas al respecto, como por ejemplo, la aplicación del "pacto de reserva de dominio".
Por lo tanto, lo mejor, elevarlo a escritura pública desde el minuto cero.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado inmobiliario y desahucios Valencia - Isidoro Ricardo Manzanera Vila
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No se entiende muy bien pero efectivamente
Si esas son las condiciones de su amigo, aunque no es normal, se puede hacer de esa forma, mediante un documento privado en el que se recoja todo.
Dicho documento es recomendable elevarlo a publico ( notario ) para que no quede ninguna duda del negocio jurídico.

Para cualquier duda, no dude en contactar.
I Manzanera Col Icav

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Abogado recobro impagados Valencia Torreño Lerma Abogados
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Buenas tardes:

Si, conforme al art. 1255CC, a pesar de recomendamos encarecidamente que lo realice un abogado y lo eleve a público.

Un cordial saludo.

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Abogado propiedad horizontal / impagados Valencia Mario Mollá Abogados
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Se puede hacer en documento privado.

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