Compra piso mi conyugue con dinero de gananciales.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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No vea algo extraño donde no lo hay, ya que su marido puede comprar para los dos (sociedad de gananciales) firmando sólo él; ahora bien, para vender necesitará siempre su consentimiento. Por lo que dice, el piso es de los dos y en eso tiene razón su marido; si bien, no la tiene en haber hecho una operación como esa sin haberle dicho nada antes. No obstante, habría que ver la información registran para responderle con total seguridad. Si desea nuestro asesoramiento, puede contactar con nosotros.
Hola, como bien dice usted en el registro SI aparece usted (en realidad no compra su marido sino una sociedad, la sociedad ganancial que forman usted y su marido)
¿Se Puede cambiar el registro o escritura para estar también de titular? Si claro, acuda al Notario.
¿No tendría el notario que averiguar por que no estuve en la compra y dio válida solo la firma de marido? NO.
De hecho la separación y el divorcio la primera consecuencia que tienen es que las acciones de uno de los cónyuges ya no obliga al otro, ya no puede disponer de la sociedad ganancial.
Como bien dice su marido da igual por lo que no creo que tengan problemas en acudir los dos al Notario para escriturar a nombre de los dos.
Un saludo.
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Hola buenos días: cuando existe régimen de gananciales, no es necesario que comparezcan los dos cónyuges para comprar, salvo que se quiera decir expresamente que se compra por parte de uno de ellos con dinero privativo, en cuyo caso, el otro cónyuge debe confesar que reconoce que el dinero es privativo en la escritura pública. En otro caso, el dinero siempre se presume ganancial y la compra se realiza con carácter ganancial. En cambio para vender, sí es necesario que comparezcan ambos cónyuges obligatoriamente.