Compra piso mi conyugue con dinero de gananciales.

Una compra de piso, que hizo sin mi conocimiento y consentimiento. En escritura aparece efectivamente que la compra es titular mi marido efectuada en gananciales. En registro aparece lo mismo titular mi marido casado en gananciales con mi nombre.
¿Se Puede cambiar el registro o escritura para estar también de titular ? Mi marido dice que da igual porque también es mío.
No tendría el notario que averiguar por que no estuve en la compra y dio válida solo la firma de marido? Yo no le he hecho ningún poder notarial para que me represente.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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No vea algo extraño donde no lo hay, ya que su marido puede comprar para los dos (sociedad de gananciales) firmando sólo él; ahora bien, para vender necesitará siempre su consentimiento. Por lo que dice, el piso es de los dos y en eso tiene razón su marido; si bien, no la tiene en haber hecho una operación como esa sin haberle dicho nada antes. No obstante, habría que ver la información registran para responderle con total seguridad. Si desea nuestro asesoramiento, puede contactar con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Jose Martin Garcia

Jose Martin Garcia

Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho Penal

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Hola, como bien dice usted en el registro SI aparece usted (en realidad no compra su marido sino una sociedad, la sociedad ganancial que forman usted y su marido)
¿Se Puede cambiar el registro o escritura para estar también de titular? Si claro, acuda al Notario.
¿No tendría el notario que averiguar por que no estuve en la compra y dio válida solo la firma de marido? NO.
De hecho la separación y el divorcio la primera consecuencia que tienen es que las acciones de uno de los cónyuges ya no obliga al otro, ya no puede disponer de la sociedad ganancial.
Como bien dice su marido da igual por lo que no creo que tengan problemas en acudir los dos al Notario para escriturar a nombre de los dos.
Un saludo.

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Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario

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Hola buenos días: cuando existe régimen de gananciales, no es necesario que comparezcan los dos cónyuges para comprar, salvo que se quiera decir expresamente que se compra por parte de uno de ellos con dinero privativo, en cuyo caso, el otro cónyuge debe confesar que reconoce que el dinero es privativo en la escritura pública. En otro caso, el dinero siempre se presume ganancial y la compra se realiza con carácter ganancial. En cambio para vender, sí es necesario que comparezcan ambos cónyuges obligatoriamente.

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