Comunidad de bienes: acuerdos y administrador
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Habría que estarse a lo determinado en el convenio de constitución de la CdeB, para lo que resulta imprescindible su lectura, dada la generalidad de las preguntas. Acuerdo por unanimidad, es el adoptado por la totalidad de los que han de decidir con su voto, el resto de los acuerdos son por acuerdo de la mayoría determinada para cada uno de ellos; consenso y acuerdo, son sinónimos. Saludos.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días, para poder darle una respuesta hay que analizar los estatutos y la constitución de la comunidad de bienes.
Consenso es acuerdo por mayoría y unanimidad es que todos sin excepción están de acuerdo . Le invitamos a que convierte una cita con nosotros y le daremos un asesoramiento mas personalizado . Un saludo Noelia Padrino
Abogado Derecho inmobiliario Madrid - Despacho Jurídico Alvarez Pulido
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
Con lo que dice, y sin perjuicio de verificar el contenido de los estatutos, la comunidad se encuentra bloqueada, pues el mismo valor tiene el 50% de cada parte. Cuestión distinta es que deba acudirse a la vía judicial para el desbloqueo.
Aparentemente, no hay diferencia entre consenso y unanimidad
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Para cesar al administrador debe acordarlo la mayoría (51%) en una Junta convocada al efecto.
Básicamente es lo mismo. Consenso implica que se ha llegado a la decisión tras una negociación, y por unanimidad implica que en la votación todos estuvieron de acuerdo.
Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
lo lamento pero sin ver la escritura de constitución de la comunidad de propietarios no puedo ofrecerle un asesoramiento fundamentado en derecho.
Si fuera de su interés puede contactar con nuestro despacho para concertar una reunión.
Atentamente,
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Si no tienen regulado nada especial sobre como se adoptan los acuerdos deberán ser tomados por mayoría simple, es decir mas del 50%. Para solucionarlo deberán ir al juzgado o a un arbitraje.