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Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Hola buenos días:
El aval es una garantía que se establece para el caso de impago de la renta por parte del arrendatario o de incumplimiento grave de los deberes derivados del contrato de arrendamiento por su parte. Por lo tanto, siempre debe ir a su nombre, ya que es usted el arrendador.
Si necesita cualquier información adicional, no dude en ponerse en contacto conmigo. Un saludo.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
No entiendo bien su pregunta, no obstante, las condiciones de como debe ser el aval se las va a imponer quien recibe el aval. En caso contrario, dígale al banco que le haga un aval que le vincule lo mínimo.
Saludos
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes, no entiendo su pregunta, si se trata de renovar un contrato de arrendamiento, habra que ver su contenido, porque quiza no hay posibilidad de exigir la renovacion. Un saludo