Convenio colectivo caducado.
Abogado Herencias Barcelona Nieto Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
En este sentido, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, modificó el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre la ultraactividad de los convenios, estableciendo que, transcurrido un año desde la denuncia, sin que se haya acordado uno nuevo o dictado laudo arbitral, aquel perderá su vigencia, aplicándose entonces el convenio colectivo de ámbito superior, todo ello salvo pacto en contrario de las partes negociadoras sobre el mantenimiento de su vigencia. Además, la regulación transitoria pone de manifiesto que en los convenios colectivos que ya estuvieran denunciados, dicho plazo de un año empezará a computarse a partir de la entrada en vigor de la citada reforma y no de la fecha de denuncia, por lo que el pasado 8 de julio de 2013 finalizaron su vigencia un gran número de convenios que fueron anteriormente denunciados.
Para ampliar esta información puede ponerse en contacto con el Sr. Angel Mas, socio de mas&nieto abogados (masnietoabogados@gmail.com)
Señor,
Según lo recogido en el artículo 86 del Estatuto de los trabajadores, salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año, si no mediara denuncia expresa de las partes. Por ello siguen vigentes todas sus clausulas. Hemos de suponer que ASAC, CCOO, UGT i CSC, que forman la mesa negociadora, estan hablando del nuevo convenio. Cuando lleguen a un acuerdo podrá ver el alcance de su articulado, incluido los aumentos salariales y su retroactividad, si corresponde.
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
Mi consejo es alcanzar un acuerdo con la empresa cuanto antes. Si su actual representante no puede ustedes pueden designar a otro representante.
Quedo a su disposición,
Santi