Convenio colectivo caducado.

Trabajo en una pequeña planta envasadora de agua mineral. El pasado 31 de diciembre caducó el convenio colectivo de mi empresa, y como somos una empresa pequeña sólo hay un representante de los trabajadores. Este representante sindical hace ya 3 meses que está de baja por enfermedad y aún no se ha negociado ningún nuevo convenio.

Me gustaría saber que ocurre en estos casos. ¿Sigue en vigor el antiguo convenio hasta que se negocie uno nuevo o pasamos a regirnos por algún convenio de ámbito general?.

El caso es que cada año la empresa nos subía el IPC tal y como indicaba el anterior convenio, pero este año no lo ha hecho.

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En este sentido, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, modificó el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre la ultraactividad de los convenios, estableciendo que, transcurrido un año desde la denuncia, sin que se haya acordado uno nuevo o dictado laudo arbitral, aquel perderá su vigencia, aplicándose entonces el convenio colectivo de ámbito superior, todo ello salvo pacto en contrario de las partes negociadoras sobre el mantenimiento de su vigencia. Además, la regulación transitoria pone de manifiesto que en los convenios colectivos que ya estuvieran denunciados, dicho plazo de un año empezará a computarse a partir de la entrada en vigor de la citada reforma y no de la fecha de denuncia, por lo que el pasado 8 de julio de 2013 finalizaron su vigencia un gran número de convenios que fueron anteriormente denunciados.

Para ampliar esta información puede ponerse en contacto con el Sr. Angel Mas, socio de mas&nieto abogados (masnietoabogados@gmail.com)

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Gabinet Permar, S.L

Gabinet Permar, S.L

Abogado de Olot especializado en Derecho Laboral

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Señor,

Según lo recogido en el artículo 86 del Estatuto de los trabajadores, salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año, si no mediara denuncia expresa de las partes. Por ello siguen vigentes todas sus clausulas. Hemos de suponer que ASAC, CCOO, UGT i CSC, que forman la mesa negociadora, estan hablando del nuevo convenio. Cuando lleguen a un acuerdo podrá ver el alcance de su articulado, incluido los aumentos salariales y su retroactividad, si corresponde.

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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
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Mi consejo es alcanzar un acuerdo con la empresa cuanto antes. Si su actual representante no puede ustedes pueden designar a otro representante.
Quedo a su disposición,
Santi

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