Convivencia marital de al menos un año ¿(cohabitación?)

En el término "Convivencia Marital de al menos un año" :
¿La cohabitación en una misma vivienda es fundamental o puede ser una relación sentimental de al menos un año sin que la pareja viva en el mismo lugar?

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Contestado

El matrimonio exige la convivencia en común, que puede eximirse por motivos excepcionales, como trabajo, enfermedad,...Pero le van a exigir estar empadronados en el mismo domicilio, o tener cuentas en común, tarjetas de cuentas.

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