¿cuál es el proceso de cobro por indemnización en un juicio de faltas?
Buenas tardes,
Desde el momento en el que la sentencia es firme, si el condenado no abona la cantidad, Ud. puede iniciar un procedimiento de ejecución de esa Sentencia en la que el condenado pague o se proceda al embargo de sus cuentas, bienes muebles, inmuebles...
Si desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros en el email emf@viciano.com.
Muchas gracias
Un saludo
De oficio una vez que la sentencia sea firma el Juzgado procederá a su ejecución, requiriendo al condenado al pago de la multa y responsabilidades civiles; sin perjuico de ello y en el caso de que no lo abone puede usted solictarla ejecución y que se proceda a la averiguación patrimonial del condenado para embargar los posibles bienes que tenga
Lo normal es que lo haga directamente el juzgado cuando la sentencia sea firme y el procedimiento pase a "ejecutorias" ya que al condenado le requerirán para el cumplimiento de la sentencia. Un saludo.
Buenas noches:
Si ambos no recurren y deviene firme, la sentencia pasa a la fase de ejecución donde es donde imponen la pena al culpable.
Un saludo