¿Cuánto me pueden embargar?
Agustin Moreno Asociados
Abogado de Málaga especializado en Derecho de la Seguridad Social
Buenos días,
Primero rectificar tu cálculo, el SMI está actualmente en 655,20 €, por lo que te podrían embargar el 30% de lo exceda de esa cantidad, el 30% de 344,80, lo que serían 103,44 €.
Efectivamente para el embargo no tienen en cuenta la cantidad que pagas de alimentos, a menos que los alimentos los pagara a través de otro embargo judicial, en cuyo caso sí se debían considerar el salario neto que recibes, teniendo en cuenta los anteriores embargos.
Cualquier aclaración no dudes en consultar.
Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes: Respecto a las deudas de la comunidad, si no las paga voluntariamente y tras el correspondiente procedimiento judicial, podrían llegar a embargarle el 30% de la cantidad que supere el salario mínimo interprofesional. Estando este año fijado en 655 € y dado que Ud. gana 1.034 €, le podrían embargar 113,64 €. Saludos cordiales.
Hola, por la información y los datos que nos aporta, calculamos y estimamos que la cantidad que le pueden embargar son unos 100 euros, aunque habría que concretar con la información que nos aporta y su situación personal en concreto.
Un saludo. Atentamente,
Roberto Gonzalo González
Gonzalo & González Abogados
Gestiones Gonzalo
Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Buenas tardes. La cantidad ha embargar sería la segunda opción que menciona, lo que rondará los 100 euros. Quedamos a su disposición para cualquier otra duda o consulta. Saludos.