¿Cuánto me pueden embargar por deudas?

Tengo deudas de varios créditos por el valor de unos 20.000 euros entre todos. Me reduje la jornada laboral por cuidado de mis hijos de 5 años por discapacidad. Estoy separada y no me pasa pensión mi ex. Todo lo pago yo, alquiler, luz,agua, gas, comedores, libros escolares, comida, etc. Y una nomina de salario base 641, entre antigüedad festivos y plus me sube a 662 euros. No tengo bienes y vivo de alquiler. ¿Cuánto pueden embargarme?

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ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ALICANTE – Sentido Comun Abogados y Mediadores
Contestado

el salario mínimo interpropefional (655,20€/mes) es inembargable.
El exceso sobre esa cantidad se embarga conforme a la siguiente escala:
Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
2.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.
3.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.
4.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.
5.º Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.

En su caso por tanto solamente podrían embargarle el 30% de 662-655= 7€.

Pero es más estas cantidades pueden incluso reducirse entre un 10-15% en función de las cargas familiares.
A usted en sus circunstancias actuales no le embargarán nada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Contestado

Únicamente lecpodrian embargar 2 € al mes mientras tenga dichos ingresos.
Un saludo,

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