Custodia compartida para un niño de 23 meses
Para que se establezca una custodia compartida se tienen que dar una serie de requisitos como por ejemplo una buena relación entre los padres, horario de los progenitores compatible para el cuidado del menor (o contar con ayuda) , proximidad de los domicilios y que la vivienda de cada progenitor este preparada para cuidar del menor.
En atención a la información que nos facilita, difícilmente puede concederse una custodia compartida, dado que desde que nació ha sido usted quien se ha encargado del cuidado y manutención del menor.
Lo importante en su caso seria establecer un régimen de visitas a favor del padre acorde con su jornada laboral y una pensión de alimentos lo más elevada posible para el cuidado del menor, en atención los ingresos de ambos.
No dude en consultarnos para cualquier información adicional, quedamos a su disposición para concertar una reunión.
Un saludo
ABOGADO LABORAL ALCALÁ DE HENARES - Elena Martinez Moncada
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes, la información que usted menciona hace ver a priori que existen posibilidades de que no se conceda la custodia compartida, ya que lo que se busca es el interés del menor y desde luego una persona con horarios desproporcionados no es lo mas conveniente para un menor de dos años de edad. Por supuesto el hecho de que tenga su jornada reducida le beneficia a usted al solicitar la guarda y custodia de su hijo, y el resto de los datos que aporta, desaconsejan a mi criterio una custodia compartida, no obstante este tipo de asuntos son muy delicados y lo mas conveniente es que acuda usted a un profesional que le asesore, para lo cual estamos a su disposición. Un saludo.
Bufete Ledesma y Tavero
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia
A la vista de los datos que expone, las posibilidades de que concedan al padre la custodia compartida son muy reducidas. Quedando a su disposición, reciba un saludo cordial.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Depende mucho de si lo aconsejan los servicios psicosociales del Juzgado o no. Sin esa prueba no se suele conceder.
Se tiene todo en cuenta porque pasan ustedes por pruebas psicológicas a través del informe psicosocial.