¿Debo incluir la venta de un inmueble heredado en la declaración de la renta?

Buenas tardes.
Lamentablemente mi madre falleció en 2014 y en 2015 se realizó una venta de una de las casas que heredamos. Mi pregunta es si estoy obligada a realizar la declaración de la renta, si he de incluir dicha venta indistintamente del importe.

Los herederos somos mi padre, mis hermanos y yo, en total 5, ¿todos hemos de incluir dicha venta en la declaración?

Nosotros en 2015 presentamos el impuesto de sucesiones en el que se incluía dicha casa pero aun no se había realizado la venta.

Otra consulta es si puedo incluir en la declaración de 2015 las facturas de los abogados y todo lo que hemos pagado por la aceptación de la herencia y demás tramites.

Muchas gracias por su colaboración.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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La respuesta es sí en ambos casos. Vd. debe declarar toda ganancia patrimonial obtenida durante el ejercicio precedente y puede deducirse los gastos realizados en la obtención de dicha ganancia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Juan Vidal Antolín

Juan Vidal Antolín

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil General

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La venta de un bien inmueble constituye una ganancia patrimonial y, por ende, debe ser declarada en la declaración de la renta como tal.

Respecto a los honorarios de los abogados y demás gastos que comportan la aceptación de la herencia, los mismos no se pueden incluir como gastos deducibles en la declaración de la renta.

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ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
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