Demanda de paternidad.
Juan Trujillo González
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
En principio, le recomiendo consulte estos extremos con su abogada, que conoce el asunto y le dará una respuesta mejor fundamentada. No obstante, en la demanda de paternidad que ha presentado, se va a determinar si es Vd. el padreo biológico del menor o no, seguramente con una prueba de ADN.
En caso de ser el padre del menor, deberá establecerse la guarda y custodia (compartida o en exclusiva a uno de los progenitores), régimen de visitas, pensión de alimentos, etc.
Suerte.
Abogado divorcios Zafra Raquel Morán Contreras
Abogado de Zafra especializado en Derecho del Trabajo
En la demanda de paternidad solo se dilucida si usted es el padre o no, nada más. Una vez que esa paternidad sea reconocida ya se podrá instar un procedimiento de guarda y custodia, si no estáis casados y ahí se adoptaran las medidas de pensión alimentos, guarda y custodia y régimen de visitas.