Demanda impago comedor-colegio
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Puede hacerlo, y de hecho él lo ha asumido como tal gasto extraordinario, aunque se opondrá, y planteará un incidente de declaración de gasto extraordinario que usted puede ganar por los actos propios de él. Caso contrario, y él lo tiene que saber, usted puede instar la modificación de medidas para aumentar la pensión de alimentos en dicha cantidad.
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Tendrá que mirar lo que dice su convenio regulador. En principio, debería considerarse gasto ordinario puesto que es periódico y previsible, y por lo tanto, debe ir incluido dentro de la pensión de alimentos. Ahora bien, si de forma específica figurara como gasto extraordinario habría que aplicarle ese régimen.
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