Demostrar bienes privativos
Ese dinero es suyo hasta que se case, y seguirá siendo privativo. Simplemente, no use esa cuenta con posterioridad, porque lo importante es la fecha, por supuesto, usted se lo puede dejar a quien quiera en testamento, respetando la legítima viudal, que es en usufructo, de hecho, haga testamento ya, o cuando se case, porque si no lo tiene, pasará todo a su esposa si usted no tiene hijos o padres vivos.
Cuando se vaya a casar otorgue escritura de separación de bienes, y nunca ponga a su mujer como titular de dicha cuenta ni autorizada.
Otorgue testamento aunque ha de saber que aunque haya ´hecho separación de bienes tiene derecho al usufructo vidual.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días, lo primero que debe hacer es establecer el régimen de separación de bienes al contraer matrimonio, y establecer entre los bienes privativos la cuenta donde tiene el dinero ahorrado.