Derechos de fotos de modelos
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Buenos días,
Aunque a usted no le pagasen las sesiones, si dejó que le sacasen fotografías para un uso comercial; autorizaría verbal o tácitamente a la empresa para el empleo de este material.
Aunque ud no tuviese un contrato sobre las fotografías, cabe equiparar este caso con la cesión de su imagen por su parte a la empresa, de modo no exclusivo y gratuitamente; en este caso, el propietario de las imágenes es la compañía a la que ud cedió los derechos de explotación de estas fotografías.
Para aconsejarle con mayor precisión, deberíamos revisar el contenido del contrato que tuvo con la empresa.
Un saludo
AvinAbogados
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Buenos días,
Tendría que darnos más detalles de como surgió esa relación, si se negociaron o hablaron de si serían gratuitas, de si le dieron copia para poder utilizarlas usted, si han existido correos o testigos de esas conversaciones etc. Si no hay ningún contrato, ni usted recibió ninguna contraprestación por dichas fotografías, podríamos solicitar que no hagan uso de las mismas, pero como le comento, necesitaría más datos para poder darle un mayor asesoramiento.
Puede ponerse en contacto conmigo si lo desea con el botón verde situado más abajo.
Un saludo,
Estimada Cliente:
Al haber trabajado como modelo de esa empresa, usted realizaba las funciones propias de su cargo que deberían estar establecidas en su contrato. Por tanto, las fotos en las que usted aparece tienen como objeto representar a la imagen de la empresa donde usted dió el consentimiento para ello durante su relación laboral. Así, las fotos son de total propiedad del empleador.
Respecto del fotografo, el mismo debió haber sido contratado para realizarlas y por ende, recibir el pago por sus servicios.
Espero haberle aclarado su duda
Un cordial saludo
ABOGADO LABORAL ALCALÁ DE HENARES - Elena Martinez Moncada
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Laboral
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Buenas tardes, en principio con los datos que usted aporta es difícil darle una respuesta concreta, pues necesitaría datos imprescindibles sobre su relación laboral con la empresa, no obstante usted debería haber dado por escrito su autorización para la realización de cada sesión de fotos e igualmente, debería haber firmado un contrato de cesión de derechos de imagen.