¿Después de conocer el contenido del testamento qué tengo que hacer?
Ello depende de los bienes que tenga. Si existen bienes inmuebles lo corriente es acudir al Notario para que aceptar la herencia y poner los inmuebles a su nombre. Este acto no es obligatorio, pero si quiere vender los inmuebles tendrá que realizarlo.
Si sólo existen vehículos a motor y cuentas corrientes lo procedente únicamente realizar la liquidación del impuesto de sucesiones, que suele ser nulo, si el importe es pequeño, y luego presentar al banco para que realice el desbloqueo.
El impuesto de sucesiones se debe presentar a la Generalitat, si es vecino de Cataluña. En otro caso a la hacienda autonómica correspondiente.
Estimada consultante,
Debería dirigirse a una notaria fin de iniciar los trámites pertinentes.
Nuestro despacho ha tramitado diferentes herencias, gestionando los trámites hasta la firma de la aceptación de la herencia y posteriormente la liquidación del impuesto tanto municipales como autonómicos.
Si lo desea solicite una cita a fin de aumentar la información y nuestros honorarios.
Un saludo cordial,
María García Parla
-Abogada-
Simplemente tiene que dirigirse a una notaria para realuzar los tramites de aceptacion de la herencia i liquidacion del impuesto de sucesiones. Tambien tiene la obligacion de entegar los legados y legitimas en el caso de que existan. Debe tener cuidado de no realizar ningun acto de disposicion sobre los bienes de la herencia antes de proceder a su aceptacion a beneficio de inventario.
Buenos días, el siguiente paso a hacer es valorar los bienes que tenía su marido, por si quiere aceptar o renunciar la herencia. es importante saber no sólo los bienes con que contaba sino también si existen deudas pendientes. todo ello se hace en el notario y siempre puede consultar a un abogado en caso de dudas sobre como proceder.
un saludo