Deuda de un propietario y deuda de la comunidad con él
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Buenos dias,
Por lo que expones, entiendo que corresponde a la Junta, considerando que el propietario ha manifestado su disconformidad con las actuaciones del administrador y que ha dejado de pagar por tal motivo.
En tal sentido, el art.14.a) de la Ley de Propiedad Horizontal "Corresponde a la Junta de propietarios: a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos"(presidente, administrador, secretario).
Luego debe ser la Junta quien resuelva la estimación o no de dicha reclamación y aprobar las medidas a tomar de compensación u otro orden por las irregularidades. Ello no impide que en esa junta, como Presidente, propongas un plan concreto negociado préviamente con ese propietario.
Por otro lado, hay que recordar que un propietario de la comunidad no puede dejar de pagar, especialmente los gastos ordinarios, simplemente porque está en desacuerdo con una actuación anterior del Administrador. Debe continuar pagando. A salvo queda su derecho a ejercitar las pertinentes acciones civiles y/o penales, por considerar vulnerados sus derechos.
Espero haberte ayudado. Saludos.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Es preciso conocer mejor el asunto, pero, en principio, podría llegar a los acuerdos que la Junta de Propietarios acepte, siempre y cuando no sean ilegales, por supuesto. De todas formas si desean un análisis más en profundidad de su caso no duden en ponerse en contacto con nuestro despacho que, como expertos en esa materia, les atenderemos con sumo gusto.
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
Si se le devuelve el dinero a un propietario, se le tiene que devolver a todos.
No puedes hacer una regularización solo con uno en perjuicio de los demás.